Atención a Asuntos en la colonia Amp. Asturias en la Ciudad de México
Nuestra Firma legal AbogadopenalIsita en la representación de asuntos en la Ciudad de México, busca defender los derechos tanto de victimas de delitos como de aquellas personas que han sido acusadas o imputadas de la comisión del mismo.
En ambos casos danto de ofendido como de victima debe prevalecer el derecho de sus garantías individuales, y en suma de ello que se lleve un adecuado proceso que les garantice el adecuado cumplimiento de la ley, donde estén en plena posibilidad de formular manifestaciones y ofrecer pruebas para que tanto la resolución del Ministerio Publico de la Fiscalía General de Justicia o de un Juez del Tribunal Superior de Justicia sean acordes a la realidad de los hechos que se investiguen.
La oportuna defensa, da garantía a las partes de que se de una debida administración de justicia como lo establece nuestro articulo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos :
Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales. Siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.
El Congreso de la Unión expedirá las leyes que regulen las acciones colectivas. Tales leyes
determinarán las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación
del daño. Los jueces federales conocerán de forma exclusiva sobre estos procedimientos y mecanismos.
Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal
regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se
requerirá supervisión judicial.
Las sentencias que pongan fin a los procedimientos orales deberán ser explicadas en audiencia
pública previa citación de las partes.
Las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la
independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones.
La Federación y las entidades federativas garantizarán la existencia de un servicio de defensoría
pública de calidad para la población y asegurarán las condiciones para un servicio profesional de carrera
para los defensores. Las percepciones de los defensores no podrán ser inferiores a las que correspondan
a los agentes del Ministerio Público
en caso de requerir asesoría legal no dude en contactarnos y un especialista le atenderá.
Atención a Asuntos en la colonia Amp. Asturias en la Ciudad de México
Nuestra Firma legal AbogadopenalIsita en la representación de asuntos en la Ciudad de México, busca defender los derechos tanto de victimas de delitos como de aquellas personas que han sido acusadas o imputadas de la comisión del mismo.
En ambos casos danto de ofendido como de victima debe prevalecer el derecho de sus garantías individuales, y en suma de ello que se lleve un adecuado proceso que les garantice el adecuado cumplimiento de la ley, donde estén en plena posibilidad de formular manifestaciones y ofrecer pruebas para que tanto la resolución del Ministerio Publico de la Fiscalía General de Justicia o de un Juez del Tribunal Superior de Justicia sean acordes a la realidad de los hechos que se investiguen.
La oportuna defensa, da garantía a las partes de que se de una debida administración de justicia como lo establece nuestro articulo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos :
Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales. Siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.
El Congreso de la Unión expedirá las leyes que regulen las acciones colectivas. Tales leyes determinarán las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación del daño. Los jueces federales conocerán de forma exclusiva sobre estos procedimientos y mecanismos. Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial. Las sentencias que pongan fin a los procedimientos orales deberán ser explicadas en audiencia pública previa citación de las partes. Las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones. La Federación y las entidades federativas garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad para la población y asegurarán las condiciones para un servicio profesional de carrera para los defensores. Las percepciones de los defensores no podrán ser inferiores a las que correspondan a los agentes del Ministerio Público
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