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Abogado Penalista delito USO INDEBIDO DE LOS SERVICIOS DE LLAMADAS DE EMERGENCIA USO INDEBIDO DE LOS SERVICIOS DE LLAMADAS DE EMERGENCIA


Existencia

Nuestra Firma legal Abogadopenalista.mx  dedicada a la defensa de los derechos de las personas,  y sobre todo aquellos en los que puede verse afectado el derecho a la libertad es activa y participa en el asesoramiento jurídico,  tanto en carpetas de investigación como en procedimientos.

Resulta de carácter medular conocer e identificar el contexto legal respecto del delito que se investiga, o sobre del cual es justificada la defensa, razon de ello es que se aporta en el presente apartad.

Aunado a ello si desea mayor asesoramiento no dude en contactarnos...


Artículo 211 Quáter.- Comete el delito de uso indebido de servicios de emergencia la persona que de forma dolosa realice una llamada, aviso o alerta falsa a las líneas de emergencia a través de cualquier medio de comunicación, como teléfono fijo, móvil, radio, botón de auxilio, aplicaciones, internet o cualquier otro medio electrónico a números de emergencia. CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, I LEGISLATURA INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS 63 Al responsable de esta conducta se le impondrá de tres meses a dos años de prisión y multa de diez a cien unidades cuantificables de medida y actualización. En caso de que la llamada, aviso o alerta falsa a números de emergencias lo realice un adolescente se sancionará de acuerdo a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Este delito se perseguirá por querella.