En el contexto de los delitos sexuales, la extinción de dominio puede aplicarse a los activos obtenidos ilegalmente como resultado de actividades delictivas relacionadas con agresiones sexuales, explotación sexual, pornografía infantil u otros delitos de naturaleza sexual. Aquí hay algunos ejemplos de cómo la extinción de dominio puede aplicarse en casos de delitos sexuales:
Explotación sexual: Los activos obtenidos a través de la explotación sexual de personas, como la prostitución forzada o la trata de personas con fines de explotación sexual, pueden ser confiscados mediante la extinción de dominio.
Pornografía infantil: Los beneficios obtenidos de la producción, distribución o posesión de material de pornografía infantil pueden ser objeto de confiscación a través de la extinción de dominio, con el fin de desincentivar y castigar este delito atroz.
Turismo sexual: Los activos utilizados para financiar el turismo sexual, que implica viajar a otros países para participar en actividades sexuales con menores o adultos explotados, pueden ser confiscados mediante la extinción de dominio.
Prostitución infantil: Los activos obtenidos de la explotación sexual de menores, ya sea a través de la prostitución infantil o de otros medios, pueden ser sujetos a extinción de dominio para privar a los perpetradores de los beneficios financieros de estos actos criminales.
Acoso sexual: En casos de acoso sexual que resulten en beneficios financieros para el perpetrador, como el chantaje sexual o la extorsión, los activos obtenidos ilegalmente pueden ser confiscados mediante la extinción de dominio.